MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO SECRETARÍA DE ESTADO DE COMERCIO DIRECCION GENERAL DE POLÍTICA COMERCIAL SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN, CERTIFICACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DEL COMERCIO EXTERIOR NOTA: NUEVOS CONTROLES DEL SERVICIO DE INSPECCION SOIVRE A LA IMPORTACIÓN DE APARATOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS Y DE PILAS Y ACUMULADORES 1.- FUNDAMENTOS Y OBJETIVOS DEL CONTROL El Real Decreto 219/2013 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, el Real Decreto 110/2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y el Real Decreto 106/2008 sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, estos dos últimos modificados por el Real Decreto 27/2021, asignan al Servicio de Inspección SOIVRE, como nueva autoridad de control, diversos controles a las importaciones de aparatos eléctricos y electrónicos (en adelante AEE), así como de pilas, acumuladores y baterías (en adelante PPAA), previamente a la importación de estos productos. Para la ejecución de este control está próxima a publicarse un nuevo Real decreto por el que se adoptan medidas de control para la importación de AEE y PPAA procedentes de terceros países, en el que se explica con detalle cómo se realizará la gestión de estos controles. Por lo tanto, se suman a los controles actualmente realizados por el Servicio de Inspección SOIVRE, el control de sustancias peligrosas en los AAEE, así como el control del cumplimiento de las obligaciones de inscripción en el Registro Integrado Industrial de los importadores de AEE y de PPAA El nuevo control que se realizará de forma previa a la importación de los productos procedentes de los terceros países comenzará a realizarse entre mayo y junio de 2022 . Los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE en adelante) y las pilas y acumuladores incluyen generalmente piezas y componentes, fabricados con materiales de muy diversa naturaleza que, una vez concluido su ciclo vital, se convierten en residuos peligrosos, si no se gestionan o tratan de manera conveniente constituyendo un serio problema medioambiental y un riesgo para la salud humana. En los últimos años la expansión del comercio de estos productos, derivado de una mayor demanda de los mismos, así como por la disminución de sus ciclos de innovación y sustitución, ha dado lugar a que los AEE sean una fuente continua de residuos. Por otro lado, aunque sean recogidos selectivamente y sometidos a procesos de reciclado, es probable que una parte de esos residuos sigan constituyendo un riesgo para la salud y el medio ambiente, debido a su contenido de sustancias como el mercurio, el cadmio, el cromo hexavalente, los polibromofenilos (PBB) y los polibromodifeniléteres (PBDE), especialmente, si no se controlan y tratan adecuadamente. Debido a la problemática anterior, desde la Unión Europea se ha promovido la adopción de la normativa necesaria para regular la gestión de los residuos de AEE, así como las características y contenido en sustancias peligrosas de los mismos . 2
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